Saltar al contenido
← Volver
14 jun 1985

Real Decreto 3379/1978, de 29 de diciembre, por el que se regula la concesión de la «Medalla al Mérito en las Bellas Artes»

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo sexto
EliminadoUno. El Consejo Asesor de la "Medalla al Mérito en las Bellas Artes" tendrá como misión asesorar al Ministro sobre los méritos que concurran en las personas o Entidades propuestas para la concesión de esta recompensa.
AntesDos. La composición del Consejo Asesor de la "Medalla al Mérito en las Bellas Artes" será la siguiente:
AhoraUno. El Consejo Asesor de la «Medalla al Mérito en las Bellas Artes» tendrá como misión asesorar al Ministro sobre los méritos que concurran en las personas o Entidades propuestas para la concesión de esta recompensa.
Párrafo añadido
Dos. La Composición del Consejo Asesor de la «Medalla al Mérito en las Bellas Artes» será el siguiente:
EliminadoEl Secretario general Técnico del Ministerio de Cultura.
EliminadoEl Director general de Servicios.
EliminadoEl Director general del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.
EliminadoEl Director general de Música.
EliminadoEl Director general de Teatro y Espectáculos.
AntesEl Director general de Cinematografía.
AhoraEl Secretario general Técnico.
Párrafo añadido
El Director general de Bellas Artes y Archivos.
AntesDos vocales, expertos en el campo de la creación artística o cultural que vayan a ser objeto de la recompensa, nombrados por el Presidente del Consejo Asesor, a propuesta en cada caso de la Secretaría General Técnica o de cada una de las Direcciones Generales que promuevan la concesión.
AhoraEl Director general de Cooperación Cultural.
Párrafo añadido
El Director del Gabinete del Ministro de Cultura.
Párrafo añadido
El Director general del Instituto Nacional de Artes Escénicas y de la Música.
Párrafo añadido
El Director general del Instituto de la Cinematografía y Artes Audiovisuales.
Párrafo añadido
El Presidente del Consejo Asesor, a propuesta en cada caso de la Secretaría General Técnica o de cada una de las Direcciones que promuevan la concesión, podrán nombrar dos Vocales, expertos en el campo de la creación artística o cultural que vayan a ser objeto de la recompensa.