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11 feb 1984
Orden de 9 de octubre de 1979 por la que se aprueba la versión definitiva del Catálogo de Juegos
Qué ha cambiado (1 artículo)
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Párrafo añadido
El juego del bingo puede igualmente realizarse en cartones dobles de dos partes iguales, considerándose, a todos los efectos, unidades de juego independientes de igual valor facial cada una de ambas partes. Cada una de las partes tendrán los mismos números y en la misma colocación.
Párrafo añadido
En caso de utilizar cartón doble éste deberá contener los datos a que se refiere el párrafo anterior. El cartón doble será válido para dos partidas consecutivas, pudiendo utilizarse indistintamente, en cada partida, una u otra de las dos partes integrantes del cartón doble.
Párrafo añadido
Cuando se vendan cartones dobles se utilizará la siguiente fórmula: "Cartones dobles vendidos ........, de la serie ........ (letra) ........ (número de identificación) del número ........ al ........ y de la serie (en su caso) ........ del número ........ al ........"
Párrafo añadido
Se indicará el importe de los premios de línea y bingo correspondientes a cada una de las partes integrantes del cartón doble.
Párrafo añadido
Se anunciará el comienzo de la partida.
Párrafo añadido
Si se utilizan cartones dobles, una vez comprobada la existencia de uno o más cartones premiados con el primer bingo, se reanudará la partida para el segundo cartón, anunciándolo así el Jefe de Mesa. Los premios de la primera partida podrán abonarse al finalizar la misma y antes del inicio de la segunda, o al finalizar las dos partidas consecutivas. En este último caso, se entregará al jugador o jugadores premiados, en el momento de cantar la jugada de línea o bingo y tras comprobar la misma, un banderín, ficha o cualquier otro elemento identificable que diferencie si el premio a abonar corresponde a la primera o segunda partida.